LAS PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS INNOVADORAS OBTIENEN BUENOS BENEFICIOS

El Ministerio de Economía y Competitividad (MINECO) está otorgando un sello llamado PYME INNOVADORA, que se le concede a empresas que tienen tendencias innovadoras con fines de establecer una política pública que impulse la sustentabilidad y el desarrollo en diversos aspectos.

La función principal de la entrega de estos sellos es lograr todo el apoyo a la I+D+i necesario, y lo hace a través de beneficios fiscales en el impuesto de sociedades que a su vez certifican proyectos de desarrollo que son clasificados como innovación.

La razón de esta iniciativa proviene de querer identificar y valorar las pymes además de ayudarles en el planteamiento de sus políticas. Con esto toda política establecida apoyará a cada empresa que haya invertido en I+D+i, además de ir ordenándola de una manera acorde con la estrategia europea que gradualmente les enrute en dirección hacia una verdadera sostenibilidad y un crecimiento de las pymes que tienen como norte la constante búsqueda de generar adelantos y progresos.

Ventajas de ser acreedor del Sello Pyme Innovadora:

  • Es un excelente beneficio contar con este sello debido a que puede ser provechoso para conseguir ayudas que provengan de convocatorias regionales de apoyo a la I+D+i, a la hora de valorar algún proyecto y así poder obtener puntuaciones positivas; debido a que poseer este sello es símbolo de ser una empresa innovadora.
  • Otra gran ventaja es el hecho de que no se hace necesario tener que elegir el tipo de incentivo que se relaciona con la contratación de personas que ejecutarán actividades de I+D+i, entendiéndose a su vez que compaginará tanto las bonificaciones de personas que se emplean en la I+D+i, como en las deducciones fiscales producto del mismo motivo. Regularmente en este tipo de contrataciones las empresas eligen entre realizar deducciones fiscales en caso de que la persona sea concomitante de acciones de I+D+i, o hacerse la bonificación empresarial de la cotización referente a la Seguridad Social al tener personal investigador anexo a acciones de I+D+i. Para ambos casos se puede conciliar en una misma persona cuando se es acreedor del Sello Pyme Innovadora.
  • Este valioso sello nunca es pasado por desapercibido sino que por el contrario cuenta como un reconocimiento a la empresa por su constancia en la insistente búsqueda por la innovación. Esto da prestigio a la marca y por supuesto atrae con más fuerzas a una clientela que podrá fiarse en los resultados de su trabajo. Inclusive existen empresas que hacen uso del sello para promocionarse.

¿Cuáles son los requisitos para poder obtener el Sello Pyme Innovadora?

Certificaciones oficiales: Poseer en vigencia las certificaciones oficiales de absoluto reconocimiento por parte del Ministerio de Economía, Industria y Competitividad que serán nombradas a continuación: AENOR EA0043, AENOR EA0047 y/o UNE 166.002. Estas certificaciones se desglosan de la siguiente manera:

Joven Empresa Innovadora conocida por sus siglas (JEI), acorde con la Especificación AENOR EA0043.

Pequeña o microempresa innovadora, de acuerdo con la Especificación AENOR EA0047.

Patente: Haber mostrado actitudes previas en relación a la innovación con disposición de patentes propias con status de explotación. Poseer el documento emitido por parte de la Oficina Española de Patentes y Marcas en el cual se le acredita por poseer una patente en España en absoluta vigencia, con solvencia en su anualidad y que no sobrepase los cinco años de antigüedad.

Informe motivado ex – post: Haber mostrado un carácter de innovación reflejado en un informe motivado ex – post, que corresponda a cualquiera de los tres ejercicios fiscales anteriores en referencia al ejercicio del derecho de bonificación.

Financiamiento público: Haber sido beneficiario de algún tipo de financiamiento público en los tres años anteriores al que esté en curso, sin haber sido revocado por ejecución insuficiente o incorrecta. Y dentro de esta financiación pública válida para la solicitud del sello, existen ciertas condicionantes como las citadas a continuación:

  • Aportes para la ejecución de planes de I+D+i referentes al Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial (CDTI).
  • Convocaciones de parte de la Unión Europea referentes al Programa Horizonte 2020 o al 7mo Programa Marco de I+D+i.
  • Convocaciones de carácter público relativas al VI Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica o inclusive del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación.

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